Tras la publicación del reglamento, Ecuador ha dado este año otro paso para formalizar la preparación de quienes operan drones.
Semanas atrás, la Dirección de Aviación Civil (DGAC) autorizó el primer centro de capacitación para operadores de drones.
La normativa que tuvo modificaciones en el último trimestre del año pasado aplica para drones usados en actividades civiles cuyo peso máximo al despegue sea superior a 0,25 kilogramos y menor o igual a 150 kilogramos. La operación de las aeronaves de más de 150 kilogramos de peso máximo de despegue está prohibida en el país.
Bajo las nuevas reglas, los propietarios de drones tienen que registrar los aparatos, respetar horas de vuelo, evitar vuelos cerca de aeropuertos, volar a una altura máxima de 400 pies o 122 metros sobre el terreno, contratar un seguro para responder por daños causados a terceros, entre otros requisitos.
La firma Hobby Store, que está en el negocio de comercialización de drones y da soporte a entidades, fue avalada para ofertar las capacitaciones.
¿Qué responsabilidades tiene un operador de drones?
-El operador de una aeronave pilotada a distancia (RPA) o drones es responsable de la seguridad de la operación de cada vuelo.
-El reglamento establece que ninguna persona podrá iniciar o continuar el vuelo si conoce que la RPA no se encuentra en condiciones para realizar una operación segura.
-La autoridad de aviación civil dispuso que el operador de una RPA es responsable solidariamente con el explotador y/o propietario de la aeronave por la operación del aparato.
– El operador de una RPA es responsable de que la aeronave no represente ningún peligro para personas, animales, otras aeronaves y bienes en caso de pérdida del control de la aeronave por cualquier motivo.
– El operador de una RPA no podrá iniciar el vuelo a menos que el aparato se encuentre debidamente registrado de conformidad a lo establecido en el reglamento.